La Hermandad del Rescate en el siglo XVIII

El importante acontecimiento que supuso para la ciudad de Málaga, los PP. Trinitarios y la Hermandad del Rescate la fundación e inauguración del Conventico hacía presagiar que todo evento relacionado con estas entidades quedaría reflejado ampliamente en libros, escritos, actas… de la época y que sería fácil seguirles la pista. Por el contrario, durante el siglo XVIII sólo hemos encontrado unos pocos datos dispersos sobre algunos trinitarios que moraron en el Conventico y casi nada que nos haga conocer la vida interna y/o externa de la Hermandad del Rescate. Pero es que el panorama cofrade general de estos años no era precisamente muy halagueño.

El siglo XVIII, años de oscuridad e incertidumbre

Las presiones a las que se vieron sometidas las cofradías y hermandades a lo largo de todo el siglo XVIII, tanto por el poder civil como eclesiástico, hicieron ciertamente difícil su existencia, y gran número de ellas se vieron obligadas a desaparecer al no poder adaptarse a las nuevas exigencias. Las Constituciones Sinodales de 1671 de Fray Alonso de Santo Tomás continuarán vigentes durante toda la centuria dieciochesca y afectarán de modo evidente a todas las hermandades y cofradías al subordinarlas muy eficazmente al poder del Obispado, especialmente porque de él dependerá su validez canónica y en la obligatoriedad de consultar determinados asuntos con el Ordinario del lugar. En menor medida, aunque no por ello menos importante, se vieron afectadas por la reglamentación en todo lo concerniente a sus salidas penitenciales.

Por su parte, el poder civil, especialmente a partir de Carlos III, dictará una serie de normas tendentes a fiscalizar jurídica y económicamente a todas las asociaciones religiosas. En este sentido, la Real Cédula de 20 de febrero de 1777 trata de reglamentar la presencia de disciplinantes, empalados y nazarenos encapuchados en las procesiones. Una Real Orden de Carlos III en 1781 prohíbe los enterramientos en las criptas de las iglesias, eliminando de esta manera una de las principales fuentes de ingresos de las hermandades; y una Real Cédula de 1783 extinguía las corporaciones cofrades que no tuvieran el beneplácito real ni eclesiástico, lo que obligaría a las cofradías y hermandades a la redacción de nuevos estatutos y presentarlos en el Supremo Consejo de Castilla. Pero será la Orden del Consejo de Castilla de 10 de enero de 1770, que obliga a presentar los Libros de Estatutos u Ordenanzas para su revisión y aprobación, la que obstaculizará a gran número de cofradías y hermandades malagueñas su continuidad como tal. Además, la aportación de ciertas cantidades a la Contribución General, establecido en el último cuarto de la centuria, reflejará la decadencia evidente en la que se encontraban ya muchas de estas instituciones, antes favorecidas y alentadas y ahora perseguidas.

Verdadero retrato de la milagrosa imagen de Nuestro Señor Jesús Nazareno rescatada por los Padres Trinitarios Descalzos como está en las andas Jueves y Viernes Santo. Dedicada a los Excelentísimos Señores Duques de Medinaceli y Santistevan Patronos de dicho Convento e Imagen.

Además, las epidemias de distintos males (fiebres en 1719, tabardillo en 1738 y 1750, vómito negro en 1711 y 1741) y los destrozos ocasionados por los terremotos (especialmente el de 1755, conocido como el terremoto de Lisboa) y las inundaciones (1765) hicieron que una y otra vez tuvieran que reponerse a estos reveses, fundamentalmente porque sus hermanos y mecenas, por razones obvias, se veían afectados por todas estas calamidades.

En esta situación un gran número de cofradías y hermandades desaparecieron y otras, aunque soportaron este acoso humano y natural, se vieron obligadas a finales de siglo a recluirse en sus iglesias y capillas en espera de tiempos mejores, pero esta vez ya reconvertidas a otras finalidades diferentes (enterramientos y asistencia al hermano), con especial atención al culto externo. Seguramente la Hermandad del Rescate se encontraba bien cobijada en el Conventico, dedicada a su culto interno, sin estar sometida a todas estas circunstancias, aunque estudios posteriores, cuando se encuentre documentación más precisa, nos podrá dar más y mejor explicación al respecto.

Con este negro panorama cofrade de fondo veamos los datos más relevantes de la Hermandad del Rescate durante estos años. Una gran parte de estas noticias tienen relación con una de las funciones principales de las cofradías, la de los enterramientos en lugares sagrados y la garantía de las exequias y misas por el alma del difunto.

Algunos datos de la Hermandad del Rescate en el siglo XVIII

Gracias al profesor Andrés Camino podemos constatar la existencia de la Hermandad del Rescate en 1737, cuando en la Escribanía de Antonio de León y Castillo se cita que “… yo Dª Francisca Paula de los Reyes hija de María Rodríguez y de Alonso de los Reyes, vecina de esta ciudad, mujer legítima que soy de Juan Mejí, estando enferma en cama y en mi buen juicio, memoria y entendimiento…//… y es mi voluntad que cuando Dios nuestro Señor fuese servido llevarme de esta presente vida fuese vestido mi cuerpo en el hábito de la Religión de nuestro padre Santo Domingo y que se me dé sepultura en el convento de Trinitarios Descalzos de esta ciudad, en la bóveda del Santo Cristo del Rescate, sita en dicho convento, de a donde era hermana…”.

El padre Andrés Llordén establece que «en el año, 1740 se hiciera una plancha de impresión con la imagen de Jesús Cautivo y Rescatado, que se conserva en poder de un particular», aunque nada más hemos podido averiguar al respecto.

Fuente: elaboración propia a partir de A.C.M., Leg. 215, pieza 6-b, fols. 34r.-104v.

En 1747 “don Rafael Martínez será enterrado en el Convento de los Trinitarios Descalzos, caja de la Hermandad de Jesús del Rescate, de quien era hermano”. Ese mismo año otra voluntad testamentaria de Francisco Díaz Pacheco manifiesta ser “… sepultado en el convento de Trinitarios Descalzos de esta ciudad y en la bóveda de los hermanos de la Hermandad de1 Jesús, de cuya Cofradía soy hermano dando cuenta al albacea de dicha Hermandad para que me haga decir las misas y sufragios que sean acostumbrados hacer con los demás hermanos…” [1].

En 1749 Josefa de los Reyes Gómez de Burgos manifiesta ser sepultada “en el convento y colegio de Nuestra Señora de Gracia redención de Cautivos Orden de Trinitarios Descalzos, en la bóveda de la Hermandad de Jesús del Rescate sita en dicho colegio de cuya Cofradía soy hermana…” [2].

Otro testamento de 1769, redactado por los hermanos Feliciano y Luis Bastante y Reinoso, especifica que se realice una misa cantada en el altar de Jesús del Rescate, en la iglesia de los Trinitarios Descalzos.

En la escribanía de Juan Pérez García hay un testamento fechado en 1794 de los esposos Jaime Llovet y Lacort y Francisca Ballesteros Cortés, en el que disponen «ser sepultados nuestros difuntos cuerpos en la Bóveda de la Capilla de Jesús del Rescate en la propia Iglesia de cuya Hermandad somos hermanos, haciéndonos a su costa toda la forma de entierro, sufragio y que se digan por nuestras almas las misas que son de su cargo según acostumbran con los demás hermanos» [3]. Por aquel entonces eran 32 los frailes que moraban en las dependencias del convento [4].

Otros dos documentos existentes en el Archivo de la Catedral de Málaga desvelan la existencia de la Hermandad del Rescate y su relativa buena posición económica comparada con el resto de las hermandades y cofradías malagueñas. Uno de ellos hace referencia a la relación de cofradías que a través de sus mayordomos tenían obligación de pagar en la Contribución General de 1795 y en la que aparece José Ruiz, mayordomo de la Hermandad de Jesús del Rescate del Colegio de los Trinitarios Descalzos. El otro documento se refiere a las rentas y bienes declarados por las hermandades y cofradías malacitanas para el quinquenio 1790-1794 [5].

El 24 de mayo de 1799 se produce la beatificación del trinitario Miguel de los Santos por el Papa Pío VI, primer beato de la Orden. El cabildo catedralicio dedicó 1.500 reales para costear los cuatro días de celebración.

J.M.L.J., 2021

NOTAS:

[1] A.H.P.M. Escribanía de José Antonio de León, Leg. 2806, año 1747, Fols. 115 y vta.

[2] A.H.P.M. Escribanía de José Antonio de León, Leg. 2797, año 1749, Fols. 207, vta. y 208.

[3] A.H.P.M. Escribanía de Juan Pérez García, Leg. 3447, folio 268.

[4] A.M.M., AA.CC., sesión del 20 de enero de 1798. En un cuestionario que el Reino envió para que fuese contestado por el Ayuntamiento malacitano se dice que existían 8 Capillas y un total de 14 Conventos de Frailes, entre ellos 32 en el Convento de los Trinitarios Descalzos.

[5] SÁNCHEZ LÓPEZ, J.A.: “Conflictividad jurídica y presión institucional sobre las hermandades de Málaga a finales del Antiguo Régimen” en Mentalidad e Ideología en el Antiguo Régimen, Universidad de Murcia, 1994.